CONSULADO GENERAL EN BUENOS AIRES
CONSUL GENERAL: MINISTRO JOSÉ LUIS CURBELO CANDIA
CONSUL DE DISTRITO: CONSEJERA PIERINA NUÑEZ MACHADO
CONSUL DE DISTRITO: TERCER SECRETARIO IGNACIO GUIDO SARRIES
Dirección:
Arenales 1392, C1061AAN, Buenos Aires
Teléfonos:
+54 (011) 6009-5040 Internos 282, 331 y 291 (Consulado General)
+54 (011) 6009-5040 Internos 241 y 169 (Consulado de Distrito)
Horario de Atención:
Lunes a Viernes de 09:00 a 15:30
E-mail:
cgbuenosaires@mrree.gub.uy (Consulado General)
cdbuenosaires@mrree.gub.uy (Consulado de Distrito)
Jurisdicción:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y provincias de Buenos Aires, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Por información y trámites en general comuníquese por correo electrónico donde tendrán una pronta respuesta.
La solitiud de turnos se realiza en el sitio: turnosconsulado.com.ar
Trámites Consulares
Legalización de documentos
Permisos de menor
Pasaportes
Certificados de Existencia
Válidos por un solo viaje
Solicitud de Partidas de Estado Civil
Constancias de Identidad
Renovación de Cédulas
Certificados de Antecedentes o buena conducta
Certificados de Nacionalidad
Regreso de uruguayos a la República
Información sobre residencias
Residencia Permanente en Uruguay
Trámite Visa ciudadano extranjero(ESP/ING)
Trámites con turno previo
Cedula de identidad
Pasaporte
VISA
Traslado de enseres
Nacionalidad por ser hijo/a de uruguayo/a
Nacionalidad por ser nieto/a de uruguayo/a
CONTACTO DE EMERGENCIA
+54 (011) 15-3629-9282
ATENCION 24HS
Tiene por objetivo atender casos únicamente de urgencia. Entre ellos se encuentran:
- Pérdida de cédula de identidad y/o pasaporte con imposibilidad de retornar a la República ante inminente viaje
- Accidentes graves
- Fallecimiento de uruguayos
- Víctimas de crimen o delitos
Pérdida de cédula de identidad y/o pasaporte con imposibilidad de retornar a la República ante inminente viaje
De conformidad con la Circular 223/2018 del 12/10/2018, el Consulado podrá emitir un “Válido de Regreso a la República” únicamente a nacionales uruguayos y ciudadanos legales que ya posean número de cédula de identidad, debiendo presentar el interesado: 1) denuncia policial del hurto, robo o extravío. En caso de vencimiento, deberá presentar cédula vencida. 2) si posee copia de su cédula y/o pasaporte.El primer paso que el interesado debe realizar es comunicarse al Teléfono de Guardia con la mayor antelación a su viaje y se coordinará Cita Consular, determinando la Oficina Consular hora y lugar para la expedición del “Válido de Regreso a la República”. El trámite es gratuito, incurriendo el interesado únicamente en gastos de traslado a la Cita Consular. Cabe mencionar que la Oficina Consular no puede cambiarle su pasaje, siendo su responsabilidad la pérdida del viaje por falta de documentación.
Elementos IMPORTANTES a considerar:
- 1 - La denuncia policial no es un documento de viaje, por lo que deberá de forma obligatoria expedirse el “Válido de Regreso a la República” ante esta Oficina Consular.
- 2 - El Funcionario Consular de acuerdo a la Circular 223/2018 está obligado en la Cita Consular a corroborar su identidad, cotejando sus huellas dactilares ante el sistema de la Dirección Nacional de Identificación Civil.
- Si el proceso expuesto en el punto 2 no arroja una respuesta favorable, sus huellas deberán ser enviadas de forma digital a Cancillería Uruguaya para coordinar el cotejo manual -lo que prolongará la expedición del “Válido del Regreso a la República”-, y el trámite no será inmediato quedando la Oficina Consular sujeta a la respuesta de Cancillería.
Particularidad Menores de Edad:
- A - Si el menor viaja acompañado de ambos padres, deben asistir junto al menor a la Cita Consular coordinada, aportando sus respectivos documentos de identidad vigentes y en buen estado de conservación, así como la partida de nacimiento del menor que compruebe el vínculo con sus progenitores.
- B - Si uno de los progenitores no posee la cédula por los motivos antes esbozados, deberá presentar denuncia y estará sujeto al punto 2 de “corroboración de identidad” en la Cita Consular.
- C - Si uno o ambos padres se encuentran en Uruguay, deberán asistir inmediatamente al Departamento de Documentación de Viaje sito en la calle Cuareim 1384 esquina Colonia de lunes a viernes de 10 a 15.30 horas, portando cédula de identidad vigente y en buen estado de conservación y partida de nacimiento con menos de 30 días de expedida. Deberán autorizar ante esa Oficina a la “Expedición del Válido de Regreso a la República para el menor afectado”. La Oficina Consular no podrá expedir el documento de viaje hasta tanto no se reciba la mencionada autorización, debiendo el mayor responsable del menor coordinar la Cita Consular. El permiso de menor expedido por la Dirección Nacional de Migración no es suficiente para expedirle el “Válido de Regreso a la República”.
También tienes muy buenos blogs. Agradezco tu visita y oferta amigo, pero casi no tengo tiempo de dedicación y me cuesta mantener.
ResponderEliminarCordiales saludos desde Alicante-España.
Gracias por la visita! Tengo un pequeño jardin, con huerta y ahora tambien cannabis!
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